Sostenibilidad

BRUC contribuye activamente a la descarbonización y a que el mix energético mundial se base en energías limpias, dando un enfoque sostenible a su estrategia y gestión empresarial, con una clara orientación hacia el desarrollo del bienestar de la sociedad y el respeto al medio ambiente.

La sostenibilidad es un valor añadido y de posicionamiento para BRUC. El desarrollo de la estrategia ESG aporta un enfoque estratégico a las iniciativas de BRUC con el objetivo de posicionarse como una organización de referencia en sostenibilidad a nivel global.

Para ello, la estrategia pretende aumentar la reputación y confianza de todos los grupos de interés y reducir las externalidades negativas derivadas de sus actividades.

La estrategia de sostenibilidad de BRUC se articula a través de unos principios que guían su actuación mediante una gestión ética, transparente, responsable y sostenible en los ámbitos ambiental, social y de gobernanza/economía.

Una estrategia con impacto en todas las partes interesadas. La estrategia pretende minimizar los impactos negativos sobre las partes interesadas y maximizar los impactos positivos y la creación de valor.

Tres ejes estratégicos

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La forma de hacer negocios de BRUC se basa en facilitar la transición energética mediante el suministro de energía sostenible, buscando constantemente la generación de valor adicional con respeto al medio ambiente y a la sociedad, cumpliendo con los más altos estándares de ética empresarial y sostenibilidad, basados en la transparencia y la buena conducta.

BRUC tiene un firme compromiso con el cumplimiento de la legislación nacional e internacional y la ética empresarial durante su actividad, tal y como se recoge en el Código de Conducta del Grupo.

El Código define el modelo de ética empresarial y de cumplimiento de BRUC y se aplica a través de políticas, normas, procesos y controles.

BRUC aplica el principio de diligencia debida para prevenir, detectar y, en su caso, eliminar conductas irregulares que infrinjan las políticas de la empresa y la legislación aplicable. El Consejo de Administración es el máximo garante de la cultura ética de BRUC y de la eficacia de su modelo de ética empresarial y cumplimiento.

El Código de Conducta aplica a todos los profesionales de BRUC, a proveedores, contratistas y colaboradores, a quienes actúen en nombre de la empresa, y, en general, a todos sus socios comerciales.

Adicionalmente, BRUC tiene en vigor el Código de Conducta de Proveedores que tiene como objetivo desarrollar los principios y valores que el Grupo tiene establecidos en su Código de Conducta y que inspiran las relaciones de BRUC con sus proveedores, configurándose como una guía de actuación a la que los proveedores deben acogerse.

BRUC considera imprescindible la adopción y cumplimiento del Código para trabajar con el Grupo, en un marco de colaboración estable, de ética empresarial y de cumplimiento normativo.

El CANAL ÉTICO de BRUC es el sistema que BRUC pone a disposición de los profesionales del Grupo o cualquier tercero para denunciar posibles infracciones penales o administrativas o cualquier otra conducta ilícita, comportamiento contrario al Código de Conducta o conducta no ética cometida en el contexto de los negocios de Bruc.

El CANAL ÉTICO de BRUC proporciona total confidencialidad y permite el envío de información de forma anónima. No habrá sanciones o represalias para quienes informen de buena fe.

NUESTRA CONTRIBUCIÓN A LA AGENDA 2030 Y LOS ODS

Como participante del Pacto Mundial de las Naciones Unidas, BRUC reafirma su compromiso con la sostenibilidad, mediante el refuerzo y alineamiento de su estrategia con los Diez Principios universalmente aceptados en los ámbitos de los derechos humanos, el trabajo, el medio ambiente y la lucha contra la corrupción, y el despliegue de medidas que apoyen los objetivos y cuestiones de las Naciones Unidas plasmados en los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).

En concreto, BRUC contribuye activamente con 10 de los 17 ODS, y se asegura de no perjudicar ninguno de los demás, mediante la aplicación del principio Do Not Significant Harm (DNSH).

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